sábado, 4 de julio de 2009

Administración Nacional De Aviación Civil (ANAC)

Por decisión de la Presidencia de la Nación, a partir del 1 de Julio de 2009 el control del tráfico aéreo civil y comercial lo realizará la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL (ANAC). El Decreto 239/07 resuelve que la ANAC será la AUTORIDAD AERONAUTICA NACIONAL y ejercerá como organismo descentralizado, las funciones y competencias establecidas en el Código Aeronáutico (Ley 17.285) en la ley 19030 de Política Aérea; en los Tratados y Acuerdos Internacional, leyes, decretos y disposiciones que regulan la aeronáutica civil en la REPUBLICA ARGENTINA.A su vez, el Decreto 1770/07 le otorga la gestión y desarrollo de la seguridad operacional de los servicios de navegación aérea y aeródromos, la planificación y regulación aeronáutica, el registro de productos aeronáuticos y aeronaves, la capacitación, formación, investigación y perfeccionamiento en materia de aviación civil, la prevención e investigación de accidentes de aviación civil y el fortalecimiento de las relaciones internacionales con organismos y entidades rectores en la materia.Los principales objetivos de la ANAC son:- Asegurar la calidad de los procesos de fiscalización de la seguridad aérea- Establecer un sistema de tránsito aéreo fluido, ordenado, eficiente y seguro.- Supervisar y certificar los aeropuertos y aeródromos del país.- Mejorar los sistemas de salvamento y manejo de crisis y emergencias en los aeropuertos.Con mucho énfasis, quiero señalar que para lograr estos objetivos, confío plenamente en nuestros hombres y mujeres, quienes continuaran profesionalizando su formación con dedicación y talento.

Lic. Rodolfo Gabrielli
Administrador Nacional de Aviación Civil

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